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Normativa

Verifactu: qué cambia en tu caja el 1 de enero de 2027

Desde enero, toda sociedad en España que vende al público debe emitir sus tiques con un software certificado. Esto es lo que significa para una tienda, un bar o una cafetería de Marbella, en palabras sencillas.

Fecha límite: 1 de enero de 2027 (sociedades) · 1 de julio de 2027 (autónomos)

Autor
Equipo editorial
Autoría pendiente de confirmar
Publicado:
1 de octubre de 2026
Actualizado:
1 de octubre de 2026
2 min de lectura
Manos usando una caja registradora con pantalla táctil e impresora de tiques en un mostrador (imagen ilustrativa)
Imagen ilustrativa generada por IA; no muestra personas ni lugares reales de la asociación.

Si tienes una sociedad (una SL o cualquier otra persona jurídica) y vendes al público, a partir del 1 de enero de 2027 cada tique que emitas debe salir de un software que cumpla las reglas de Verifactu. Si eres autónomo, lo mismo se aplica desde el 1 de julio de 2027. La norma procede del Real Decreto 1007/2023 y de la orden técnica que lo desarrolló; las fechas se aplazaron una vez, en diciembre de 2025, y ahora son fijas.

Lo que la ley pide a tu caja no es difícil de entender. Cada tique debe estar firmado digitalmente por el software. Cada tique debe estar encadenado con el anterior, de modo que borrar o alterar una venta rompería la cadena y quedaría a la vista. Cada tique debe imprimir un código QR que el cliente, o un inspector, puede escanear para comprobarlo ante Hacienda. Y el software puede, de forma opcional, enviar cada tique a la Agencia Tributaria en tiempo real; ese es el modo «Veri*Factu» que da nombre al sistema, y te evita tener que conservar tú los registros.

Lo que no cumple es una lista larga: la caja registradora antigua con rollo de papel, una hoja de cálculo, un talonario de tiques escritos a mano, un datáfono usado por sí solo y cualquier software de caja cuyo fabricante no haya emitido una declaración firmada (declaración responsable) de que cumple la norma. Si no sabes en qué grupo estás, la prueba más rápida es mirar tu último tique: si no lleva código QR, no estás preparado.

Las sanciones no son simbólicas. Un negocio que usa software no conforme puede ser multado con hasta 50.000 euros al año; quien lo vende, con hasta 150.000 euros. Hacienda no necesita visitarte para darse cuenta: una cadena con huecos se ve en los datos.

Quién está exento: los negocios que ya informan a través del sistema SII (en la práctica, facturación superior a 6 millones de euros) y los negocios del País Vasco y Navarra, que tienen sus propios sistemas. Casi todos los pequeños negocios de la Costa del Sol están dentro de la norma.

Qué tienes que hacer

  1. Mira tu último tique. Si no lleva código QR, tienes que actuar.
  2. Pide a tu proveedor de caja, por escrito, su declaración responsable de Verifactu. Si no hay respuesta a finales de octubre, planifica un cambio.
  3. Asegúrate de que tu negocio tiene certificado digital, o de que tu gestor tiene uno en tu nombre; hace falta para activar el sistema.

Fuentes

Referencias tal como figuran en el texto: Real Decreto 1007/2023 (BOE); Orden HAC/1177/2024 (BOE); Agencia Tributaria, páginas informativas de Verifactu; Real Decreto-ley de diciembre de 2025 sobre las nuevas fechas [check exact reference].

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